tag:blogger.com,1999:blog-3968381117046759585.post3012551642775434277..comments2024-03-21T03:50:47.872-07:00Comments on ESCRITORIO CONTABLE, FISCAL Y FINANCIERO: PLAZOS PARA LA DEVOLUCIÓN DE RECIBOS O ADEUDOS DOMICILIADOS SEGÚN LA LEY 16/2009 Y LA INSTRUCCIÓN SNCE/A/05/853José Ramón Fernández de la Cigoña Fragahttp://www.blogger.com/profile/12874325192053681317noreply@blogger.comBlogger63125tag:blogger.com,1999:blog-3968381117046759585.post-44391809335106767372022-04-28T23:54:47.728-07:002022-04-28T23:54:47.728-07:00Este comentario ha sido eliminado por un administrador del blog.에볼루션카지노https://advgamble.comnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3968381117046759585.post-88029816831772626722017-07-27T09:51:15.143-07:002017-07-27T09:51:15.143-07:00Maria, entiendo que te han devuelto los recibos po...Maria, entiendo que te han devuelto los recibos porque no se ha regularizado una situación de descubierto. Es un juego peligroso moverse en números rojos, además de caro ya que además de intereses se cobran importantes comisiones. Deberías analizar la cantidad que necesitas y formalizar una póliza de crédito, o intentar conseguir capital que te permita no estar en esta situación. En cuanto a la Ley, yo me olvidaría, no vas a demandar al banco y luego pedirle una póliza de crédito. <br /><br />Espero haberte sido de utilidad.<br /><br />Un saludo, José Ramón Fernández de la Cigoña Fragahttps://www.blogger.com/profile/12874325192053681317noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3968381117046759585.post-49388350001459126162017-07-25T17:43:02.179-07:002017-07-25T17:43:02.179-07:00Buenas noches José Ramón:
En primer lugar, muchísi...Buenas noches José Ramón:<br />En primer lugar, muchísimas gracias por atendernos. Es de gran ayuda contar con alguien con conocimientos que nos guíe.<br /><br />A ver, pedí un préstamo a nombre de mi madre hace 1 año y medio para abrir mi negocio. Me lo concedieron como un préstamo para la compra de un vehículo.<br />Mi banco es el Santander. Me esta costando mucho que el negocio dé rentabilidad y, a veces, me hacen el favor de pasarme recibos y dejarme la cuenta al descubierto, con sus respectivos gastos, por supuesto.<br /><br />Aún así voy pagando, y a día de hoy, por suerte, no debo nada.<br /><br />Este mes, después de tener un medio malentendido con la gestora de negocios del banco, me he encontrado con la sorpresa de que me están devolviendo recibos, a diestro y siniestro.<br /><br />Qué puedo hacer??? Cómo me ampara la ley???? Qué me recomiendas para disponer de saldo si en ese momento no tengo, pero remontó días después???<br /><br />Muchísimas gracias, de antemano. Agradezco todas las sugerencias posibles.María Bañulshttps://www.blogger.com/profile/09562591682297704565noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3968381117046759585.post-79903000578650413752017-05-19T02:30:26.862-07:002017-05-19T02:30:26.862-07:00Buenos días,
Tengo una duda, una entidad bancaria...Buenos días, <br />Tengo una duda, una entidad bancaria nos ha devuelto varios recibos cargados en los últimos meses, para regularizar un descubierto en cuenta, sin nuestro consentimiento.<br />Según el director están autorizados a realizar esa operación. <br />Es legal o se puede denunciar de alguna manera.<br />Gracias y un saludo.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3968381117046759585.post-45638087685944921242016-08-24T17:41:38.735-07:002016-08-24T17:41:38.735-07:00De ante mano, le agradezco su magnífico trabajo y ...De ante mano, le agradezco su magnífico trabajo y dedicación a este ignorante liado. Le expongo, tengo una cuenta en la que autorice a un socio para operar con ella. Por su parte y con otra entidad, obtuvo una tarjeta visa de crédito pero cuyos cargos están vinculados a dicha cuenta. El importe del cargo es anómalo para el funcionamiento que ha tenido esa cuenta. Mi pregunta es sobre la posibilidad de devolver el cargo de Visa y si como titular de la cuenta, pero no ordenante de dicho uso de la tarjeta he de responder de la deuda contraída por el autorizado. Esto acaba de sucederme y de momento me han dado largas, creo, pero lo cierto es que me preocupan los plazos de actuación. Muchas graciasAnonymoushttps://www.blogger.com/profile/13307647018348880151noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3968381117046759585.post-83424297639369398592016-06-03T22:52:42.903-07:002016-06-03T22:52:42.903-07:00Muchísimas gracias por la brevedad en la respuesta...Muchísimas gracias por la brevedad en la respuesta. Ayer me dio por presentarme en el ayuntamiento a volver a pedirlo y resulta que en 5 minutos tenia el recibo en mi mano para poder pagarlo. Lo que no llego a entender el por que el día anterior no se podía hacer nada y al día siguiente no hay problema, en fin lo he podido solucionar. Gracias y enhorabuena por el gran trabajo y dedicacionLuisnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3968381117046759585.post-90077471877558269322016-06-02T16:16:12.498-07:002016-06-02T16:16:12.498-07:00Luis, creo que deberías de poder pagarlo en el pro...Luis, creo que deberías de poder pagarlo en el propio Ayuntamiento, en recaudación y una vez pagado si lo vuelven a pasar devuelves el recibo o reclamas la devolución al Ayuntamiento.José Ramón Fernández de la Cigoña Fragahttps://www.blogger.com/profile/12874325192053681317noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3968381117046759585.post-10109688016956127942016-06-02T16:07:08.366-07:002016-06-02T16:07:08.366-07:00Buenas, lo primero agradecerle la dedicación a ori...Buenas, lo primero agradecerle la dedicación a orientarnos en estos problemas que nos traen tantos quebraderos de cabeza. Le comento mi situación, iba a vender un coche pero no recordaba que tenia pendiente el ultimo impuesto de circulación. Llamo esta mañana al ayuntamiento para que me enviaran el recibo duplicado con su cargo correspondiente para poder ir a pagarlo, y me comentan que ayer pasaron el cargo a mi cuenta con lo que aparece la cantidad retenida como si se tratase de un embargo. Les comento que quiero pagarlo o que directamente lo cobren en el banco en vez de dejarlo retenido, ya que hay dinero para pagarlo, y me comentan que no se puede hacer nada hasta que pasen 20 dias. Mi problema es que quiero pagarlo y no puedo y claro la persona que se iba a quedar el coche no esta dispuesta a esperarse 20 días. ? Realmente no tengo forma de pagarlo antes de los 20 días?<br />Un saludo y muchas graciasLuisnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3968381117046759585.post-60306692995550128642016-05-06T13:53:04.672-07:002016-05-06T13:53:04.672-07:00Hola
Me gustaría preguntarte cuando un adeudo sepa...Hola<br />Me gustaría preguntarte cuando un adeudo sepa es reembolsado al emisor, con que fecha valor se le debería cargar. Lo lógico es en fecha valor de la operación de abono, pero mis dudas vienen porque esto no se regula en los esquemas SEPA. También la ley de pagos 2009 a mi entender lleva a confusión. Muchas gracias Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/07471444640210609677noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3968381117046759585.post-28561523913711351172016-05-06T13:53:03.985-07:002016-05-06T13:53:03.985-07:00Hola
Me gustaría preguntarte cuando un adeudo sepa...Hola<br />Me gustaría preguntarte cuando un adeudo sepa es reembolsado al emisor, con que fecha valor se le debería cargar. Lo lógico es en fecha valor de la operación de abono, pero mis dudas vienen porque esto no se regula en los esquemas SEPA. También la ley de pagos 2009 a mi entender lleva a confusión. Muchas gracias Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/07471444640210609677noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3968381117046759585.post-23477090152679817092016-05-06T13:52:22.230-07:002016-05-06T13:52:22.230-07:00Hola
Me gustaría preguntarte cuando un adeudo sepa...Hola<br />Me gustaría preguntarte cuando un adeudo sepa es reembolsado al emisor, con que fecha valor se le debería cargar. Lo lógico es en fecha valor de la operación de abono, pero mis dudas vienen porque esto no se regula en los esquemas SEPA. También la ley de pagos 2009 a mi entender lleva a confusión. Muchas gracias Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/07471444640210609677noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3968381117046759585.post-15157809642273914632015-07-15T01:07:44.291-07:002015-07-15T01:07:44.291-07:00Buenos días Con la tarjeta de la que es titular mi...Buenos días Con la tarjeta de la que es titular mi marido. Desde del 12/12/2014 hasta el 29/05/2015 han estado haciendo compras en Amazon, son compras de poca cantidad pero han llegado a alcanzar la cantidad de 2900€. Nos dimos cuenta el 28/05/2015 y ese mismo se bloqueo la tarjeta se ha puesto la correspondiente denuncia ante la guardia civil, se puso la reclamación también en el banco de Santander y hoy he ido a la oficina y me dicen que me abonan 1700.48€ de los 2900€ hasta buen fin. Pero ese importe solamente corresponde a cargos de los 120 días que están en plazo, es decir desde el 1/6/2015 que se puso la reclamación al 18/2/2015, lo de mas puede que por la tardanza en comunicárselo ya que no me lo devuelvan porque el banco considera que los demás no están en plazo .He leído las cláusulas generales del contrato de la tarjeta y en el apartado 5. Obligación del titular en relación con la utilización de, conservación de la tarjeta, párrafo 2º: el titular de la tarjeta cuando tenga conocimiento de la ejecución incorrecta o no autorizada de una operación de pago realizada con la tarjeta, deberá comunicar sin tardanza injustificada al Banco, a fin de que éste pueda proceder a la oportuna rectificación. Dicha comunicación deberá producirse en un plazo máximo de trece meses desde la fecha del adeudo.<br /><br />Decirle que la tarjeta siempre ha estado en poder de mi marido que es titular y no ha sido ni extraviada ni perdida en ningún momento.<br /><br />Mi pregunta es si los cargos fraudulentos realizado desde 12/12/2014 hasta el 17/2/2015 el banco me los debería devolver.GraciasAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3968381117046759585.post-24539965494492086662015-07-06T06:16:03.698-07:002015-07-06T06:16:03.698-07:00Buenas tardes yo queria preguntar una duda....si p...Buenas tardes yo queria preguntar una duda....si por falta de dinero en la cuenta bancaria devolviesen un recibo de un aplazamiento de aeat;¿habria posibilidad de pagarlo en algun sitio por transferencia o en hacienda?o automaticamente te exigen toda la cantidad adeudada?.muchas graciasAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3968381117046759585.post-73842938361239272572015-04-22T14:23:38.779-07:002015-04-22T14:23:38.779-07:00Genial ayuda por tu parte. Yengo un aplazamiento ...Genial ayuda por tu parte. Yengo un aplazamiento de hacienda el vencimiento es el 20 y el 21 ya lo devuelven, me ha pasado dos veces seguidas. Que consecuencias conlleva esto? Como puedo solucionarlo? Gracias de antemanoAnonymoushttps://www.blogger.com/profile/06543152076817515966noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3968381117046759585.post-24293082851765753332014-06-02T08:23:47.146-07:002014-06-02T08:23:47.146-07:00Hola,
Si el banco pudiera devolver el recibo enti...Hola,<br /><br />Si el banco pudiera devolver el recibo entiendo que lo haría. Entiendo que lo mejor será acudir a las oficinas de hacienda con un escrito para solicitar la devolución del importe. Lo que me parece raro es que se cargaran los dos, porque los recibos van con una referencia.José Ramón Fernández de la Cigoña Fragahttps://www.blogger.com/profile/12874325192053681317noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3968381117046759585.post-51421932562695363712014-05-31T07:34:26.358-07:002014-05-31T07:34:26.358-07:00Buenas tardes, queria consultarle la siguiente cue...Buenas tardes, queria consultarle la siguiente cuestion. Hace dos meses fui a hacienda a dar orden de domiciliacion de mi pago correspondiente del ibi. Transcurridos unos dias desde la ejecucion de esa orden me llega a casa la orden de pago del ibi en la que no se contempla en ningun sitio que dicha orden este domiciliada (tipica marca de agua de estos recibos en los que podemos leer con letra mayuscula "DOMICILIADO"). Por lo tanto, y tonto de mi, entiendo que tengo que hacer el pago por ventanilla en banco y doy por hecho que la autorizacion de domiciliacion que di dos meses atras sera ya efectiva para el año que viene. Pues bien, voy al banco (CAJASUR) , pago el ibi, y cual es mi sorpresa que al dia siguiente consulto mis movimientos y veo que me han vuelto a cobrar la misma cantidad, es decir, he pagado 250€ en ventanilla y me han cobrado por domiciliacion otros 250€. Llamo a cajasur para reclamar una devolucion y me dicen que los recibos de hacienda no se pueden devolver, que vaya a las oficinas de hacienda para hacer una reclamacion (el cobro por domiciliacion me lo hicieron el 13 de mayo). ES CIERTO QUE CAJASUR NO PUEDE DEVOLVER RECIBOS DE HACIENDA????.Muchas gracias y perdon por el rollazo...anonimohttps://www.blogger.com/profile/08024986448490654614noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3968381117046759585.post-30296680874355642402014-05-29T11:34:53.608-07:002014-05-29T11:34:53.608-07:00La explicación tendrá que darla el director de la ...La explicación tendrá que darla el director de la oficina, pero parece algo un poco raro. Yo daría orden de devolver el recibo si se esta en plazo y si se esta fuera se lo reclamaría a la oficina y si no a los servicios de reclamaciones de la entidad bancaria.José Ramón Fernández de la Cigoña Fragahttps://www.blogger.com/profile/12874325192053681317noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3968381117046759585.post-75705314595522697682014-05-29T10:47:17.787-07:002014-05-29T10:47:17.787-07:00Una pregunta: una entidad bancaria en la que cance...Una pregunta: una entidad bancaria en la que cancelé mis cuentas ha pagado un recibo a mi nombre en la cuenta de mi hijo de la que yo solo soy el autorizado y en la que no existe domiciliacion de dicho recibo.<br />¿Hay alguna explicacion?<br />Gracias.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3968381117046759585.post-89189375079614271032014-05-03T03:26:19.643-07:002014-05-03T03:26:19.643-07:00buenas otra vez i en el caso que no quiera pagarlo...buenas otra vez i en el caso que no quiera pagarlo ,el veiculo queda initulizavle puede ser que cuando venga el proximo impuesto supuestamente vedra a mi nombre y no podre pagar el de 2015 por ke el anterior dueño no pago o devolvio el recivo del 2014 i me quede kon un coche sin poder venderlo si poder darlo de vaja i acumulandose inpuestos años tras años?¿?¿si me podria responder estas dudas lestaria muy agradecido ,Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3968381117046759585.post-2133210132780739362014-05-03T01:12:40.294-07:002014-05-03T01:12:40.294-07:00En el caso de que el vehículo se vendiera antes de...En el caso de que el vehículo se vendiera antes de que el Ayuntamiento correspondiente haya girado el Impuesto de Circulación, está obligado a pagarlo la persona o entidad que figure como titular del vehículo y por tanto en el Permiso de Circulación, a día 1 de Enero de cada año.<br />Es decir, el titular registral, independientemente de que coincida o no con el titular real, o de que el coche vendido haya sido transferido antes de que el Ayuntamiento correspondiente haya girado el Impuesto.<br /><br />En cualquier caso para realizar la transmisión del vehículo hay que tener pagado el último impuesto de circulación, pero si no ha devuelto el recibo el vendedor el impuesto esta pagado.José Ramón Fernández de la Cigoña Fragahttps://www.blogger.com/profile/12874325192053681317noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3968381117046759585.post-61324250255301673992014-05-02T16:27:27.957-07:002014-05-02T16:27:27.957-07:00buenas tengo una consulta aver simel a podrias res...buenas tengo una consulta aver simel a podrias resolver ,compre un coche i el impuesto de circulacion le vino al que me lo vendio ,y mesta reclamando que se lo pague ,i me dice que sino no podre vender el coche ,eso es verdad ,i si devuelve el recivo ke selo cobraron en la caixa lo podria devolver?¿?¡an pasado 2 meses i me los esta pidiendo aun que ago¿?¿porke kizas no pueda pagar el proximo impuesto ,pero tamvien pienso ke a el si lo devuelve ,va tener provlemas porke esta asun nombre i lo deve pagar si osi si alguien me puede kontestar grazias un saludo ;)Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3968381117046759585.post-64638554348460179352014-03-26T07:39:49.262-07:002014-03-26T07:39:49.262-07:00Hola,
En primer lugar daría orden de devolución d...Hola,<br /><br />En primer lugar daría orden de devolución de todos los recibos en plazo al banco e instrucciones para dar de baja la domiciliación (ya que en caso contrario pueden seguir llegando recibos). Luego enviaría un escrito a la compañía de teléfono informándole de lo acontecido, pidiendo explicaciones y reclamándole las cantidades no devueltas por el banco. En caso de no aceptar la devolución de las cantidades, cosa que casi seguro no hará, presentaría una hoja de reclamaciones y les pediría que me faciliten los datos de que dispongan para presentar una reclamación judicial (luego ya vería si la presento o no). Entiendo que por lo menos deberían de facilitar las facturas pagadas.<br /><br />También llamaría al teléfono del cual me están viniendo los cargos e intentaría que me abonaran dichos importes, ya que también pudiera ser un error y avenirse a razones el usuario que disfruto del servicio.<br /><br />De cara a demandar, abría que analizar toda la documentación y las circunstancias, pero hay algo que pesa mucho en su contra que es el plazo tan largo que ha pasado y que tal y como indica puede entenderse la aceptación de los cargos. <br /><br />En cualquier abría que ver si el montante de los importes cargados es tan importante como para presentar una demanda.<br /><br />Espero haberle sido de utilidad.<br /><br />Un saludo y gracias por su visita.<br />José Ramón Fernández de la Cigoña Fragahttps://www.blogger.com/profile/12874325192053681317noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3968381117046759585.post-5429343033427533802014-03-26T06:49:45.594-07:002014-03-26T06:49:45.594-07:00Hola,
El otro día, revisando los movimientos de mi...Hola,<br />El otro día, revisando los movimientos de mi cuenta bancaria y las domiciliaciones (cosa que tengo la mala costumbre de no hacer), he visto que una compañía telefónica, me está cargando recibos que no van a mi nombre y llevan domiciliandomelo desde hace más de tres años.<br />Por lo que he podido leer, según la Ley de servicios de pagos 16/2009, el banco puede devolver los recibos de los últimos 13 meses pero me surge la duda de cómo resolver lo de los recibos anteriores. ¿Tendría que hacerse cargo el banco por haberme domiciliado recibos que no van a mi nombre sin mi permiso o es responsabilidad de la compañía telefónica?, ¿debería denunciarlo en consumo?, ¿debería denunciarlo como una estafa o fraude en comisaría?, ¿tendré que pasar por juzgados?<br />Ya sé que tengo parte de culpa por no mirar mis cuentas en tanto tiempo, pero ¿hay alguna posibilidad de recuperar ese dinero que me han estado cargando con tanta antigüedad o pueden dar por hecho que mi falta de respuesta (o devolución de recibos) implica una aceptación del cargo?<br />No sé cómo tengo que proceder ante esto ni quién tiene que hacerse cargo.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3968381117046759585.post-9170895725153117292013-12-18T22:20:39.594-08:002013-12-18T22:20:39.594-08:00Gracias por la respuesta, el proveedor me dice que...Gracias por la respuesta, el proveedor me dice que me devuelve el dinero pero no llega y con el banco he hablado de reclamar los recibos que no devolverlos porque realmente no se puede, se reclaman y ya veremos si me devuelven ese dinero, la cantidad es de alrededor de 700 € y por via judicial creo que no merece la pena.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3968381117046759585.post-55498903212712169052013-12-17T14:26:10.026-08:002013-12-17T14:26:10.026-08:00Si se han excedido los plazos reclama al proveedor...Si se han excedido los plazos reclama al proveedor. Si no devuelve el dinero y los importes son significativos puedes realizar una reclamación judicial.José Ramón Fernández de la Cigoña Fragahttps://www.blogger.com/profile/12874325192053681317noreply@blogger.com