Destacar por un lado la obligación de presentar por Internet los modelos: • 038, 110, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 200, 202, (220 y 222 para las S.A. y S.L. dominantes en Régimen de consolidación fiscal), 303 y los modelos de declaración resumen anual o informativas 180, 182, 187, 188, 190, 193, 194, 195, 196, 198, 199, 296, 345, 346, 347, 349 y 390, sin perjuicio de la posibilidad de presentarlos por teleproceso o en soporte, según el número de registros. • 117, 180, 182, 184, 188, 190, 193, 194, 195, 198, 199, 200, 202, 220, 222, 296, 303, 345, 346, 347, 349 y 390 para los contribuyentes adscritos a las Unidades de Gestión de Grandes Empresas o a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes sin perjuicio de la posibilidad de presentarlos por teleproceso o en soporte, según el número de registros. • 036 ó 039 (grupo de entidades) y 303 (mensual) ó 322 (grupos de entidades) para los contribuyentes inscritos en el Registro de devolución mensual del IVA (REDEME). También prese...