Ya falta menos para que se acabe el plazo de presentación del 347 que hay que presentar antes de que acabe el mes de febrero . En estas fechas muchas empresas se afanan en comprobar las cifras con proveedores y clientes para evitar discrepancias que pudieran acabar en requerimientos de la Agencia Tributaria. A efectos del Modelo 347, las operaciones se entenderán producidas el día en que se expida la factura o documento equivalente que sirva de justificante de las mismas, las cuales deben estar anotadas en el momento que se realice la liquidación y pago del impuesto correspondiente a dichas operaciones. Sin embargo, pueden existir discrepancias ya que los clientes pueden recibir las facturas en periodos trimestrales distintos al de emisión de la factura por el proveedor . Las facturas recibidas deben estar anotadas por el orden que se reciban y dentro del período de liquidación en que proceda efectuar su deducción. Ejemplo: Una sociedad "X" realiza una venta por un