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Mostrando entradas de abril, 2012

SAP BUSSINES ONE VS NAVISON. ¿CUAL ES EL MEJOR ERP?

Si bien en el post anterior ¿QUÉ ES UN ERP? VENTAJAS E INCONVENIENTES, definía el concepto de ERP y me centraba en los objetivos y algunas ventajas e inconvenientes, en este post dejo dos videos de los principales ERPs para PYMES que son a mi entender SAP Bussines One y Navison. Me gustaría recibir aportaciones y opiniones sobre el uso de estas dos aplicaciones. En mi caso he sido usuario de SAP Bussines One durante 4 años, pero antes de dar mi opinión me gustaría conocer más opiniones tanto sobre esta aplicación como sobre Navisón. Estoy muy interesado en la relación calidad precio, en el valor añadido que pueden aportar a la gestión de la empresa y en los problemas que los usuarios se puedan haber encontrado. Tampoco me importaría recibir opiniones sobre otros ERPs que conozcáis. Dejo una selección de vídeos de ambas aplicaciones por si alguien no las conoce. ERP SAP BUSSINES ONE.  ERP NAVISON. Presentación y demo de Microsoft Dynamics NAV 2009.  

PAGO A PROVEEDORES DE AYUNTAMIENTOS

En el siguiente vídeo explicativo de la Agencia Tributaria se explican los pasos a seguir para facilitar el pago a proveedores de Entidades Locales.

COMO INSTALAR EL PROGRAMA DE AYUDA PADRE PARA LA REALIZACIÓN DE LA RENTA 2011

Vídeo explicativo para proceder a descargar el programa padre para confeccionar la renta del 2011.

COMO DESCARGAR E INSTALAR EL PROGRAMA DE AYUDA DE MÓDULOS 2012

Vídeo explicativo para descargar e instalar el programa de módulos 2012.

COMO INCORPORAR LOS DATOS PERSONALES Y FISCALES AL PROGRAMA PADRE EN LA RENTA DEL 2011

En el siguiente vídeo se nos explica como podemos incorporar tanto los datos fiscales como los personales al programa de la renta del 2011.

EL GOBIERNO OBLIGARA A EMPRESARIOS, PROFESIONALES Y PARTICULARES A PAGAR MAS COMISIONES BANCARIAS.

Como consecuencia del plan de lucha contra el fraude fiscal, el Gobierno obligara a realizar los pagos superiores a 2.500 € a través de las entidades financieras, lo cual en la práctica supone obligar a empresas, autónomos y particulares a pagar comisiones bancarias. Esta medida afecta a las operaciones en las que intervenga al menos un empresario o profesional, aunque no afectara a las operaciones entre particulares. Por poner un ejemplo bastante frecuente, en el caso de una reparación de una reforma en una casa por importe de unos 6.000 € el particular no podrá abonar más de 2.500 euros en efectivo a un autónomo o empresa. Y no piensen que se pueden efectuar 3 pagos de 2.000 € porque estarán incumpliendo la ley. Con esta medida, que acompaña a la amnistía fiscal del Gobierno además de incrementar la recaudación de impuestos, incrementará a la par las cuentas de resultados de las entidades financieras. Las e ntidades financieras que a 27 de diciembre de 2011 habían i

PROBLEMAS PARA OBTENER YCONFIRMAR EL BORRADOR DE LA RENTA 2011

La masiva afluencia de usuarios a la web de la Agencia Tributaria esta provocando su colapso, por lo que en el caso de usar esta vía para confirmar el borrador debemos de armarnos de paciencia, y acostumbrarnos el siguiente mensaje “Internet Explorer no puede mostrar la página web”. Personalmente he conseguido confirmar mi borrador, pero lo que tenia que haberme llevado no más de cinco minutos me ha llevado más de media hora. En el caso de que nos aparezca este mensaje si hemos conseguido avanzar algo, podemos darle a retroceder página y puede que consigamos recuperar la pantalla anterior. De todas maneras también podemos usar cualquiera de las otras maneras para confirmar el borrador si nuestra paciencia se acaba, que son: - Por SMS al 217223, indicando: RENTA espacio en blanco nº de justificante (que figura en el documento de ingreso o devolución) espacio en blanco su N.I.F. espacio en blanco N.I.F. del cónyuge. Después recibirá un mensaje de confirmación

VÍDEO EXPLICATIVO SOBRE COMO OBTENER EL BORRADOR Y LOS DATOS FISCALES DE LA RENTA 2011

VÍDEO EXPLICATIVO SOBRE LAS DIFERENTES OPCIONES DE TRAMITACIÓN DE LA RENTA 2011

COMIENZA LA CAMPAÑA DE LA RENTA 2011

El pasado 31 de marzo se publico en el BOE la orden HAP/638/2012, de 26 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2011, se determinan el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos, se establecen los procedimientos de obtención o puesta a disposición, modificación y confirmación o suscripción del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y se determinan las condiciones generales y el procedimiento para la presentación de ambos por medios telemáticos o telefónicos. A partir del 10 de abril y hasta el 2 de julio de 2012 , la Agencia Estatal de Administración Tributaria pondrá a disposición de los contribuyentes el borrador o datos fiscales de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por medios telemáticos, a través de la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en Internet, e

NOVEDADES TRIBUTARIAS EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES INTRODUCIDAS POR EL REAL DECRETO-LEY 20/2011, DE 30 DE DICIEMBRE.

Pagos fraccionados Para los períodos impositivos que se inicien durante el año 2012, el porcentaje de pago fraccionado a aplicar a la cuota íntegra del último período impositivo cuyo plazo reglamentario de declaración estuviese vencido el primer día de los 20 naturales de los meses de abril, octubre y diciembre, será el 18 por ciento. Para la modalidad de cálculo del pago fraccionado en función de la base imponible del propio período impositivo, el porcentaje a aplicar será el resultado de multiplicar por cinco séptimos el tipo de gravamen redondeado por defecto. Asimismo, serán de aplicación los porcentajes incrementados introducidos por el Real Decreto-ley 9/2011, a partir del 20 de agosto de 2011, para los sujetos pasivos cuyo volumen de operaciones supera la cantidad de 6.010.121,04 euros. Deducción por gastos de formación del personal Con efectos desde 1 de enero de 2012, los gastos e inversiones efectuados durante los años 2007, 2008, 2009, 2010, 2011 y 2012 para habituar a

SE LEGALIZA EL BLANQUEO DE CAPITALES EN ESPAÑA, SOLO HASTA EL 30 DE NOVIEMBRE.

El sábado 31 de marzo se publico en el BOE el “Real Decreto-ley 12/2012, de 30 de marzo , por el que se introducen diversas medidas tributarias y administrativas dirigidas a la reducción del déficit público”   La perla de este decreto es la amnistía fiscal, la cual no se si puede abarcar hasta los partidos políticos que se hallan financiado con dinero negro (si los hay), pero en cualquier caso parece una buena oportunidad incluso para blanquear capitales obtenidos ilícitamente, por lo que las previsiones del gobierno se pueden ver desbordadas. Transcribo a continuación el texto integro al que denominan declaración tributaria especial, aunque podían haberle puesto la coletilla, “para el blanqueo de capitales” Disposición adicional primera. Declaración tributaria especial. 1. Los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades o Impuesto sobre la Renta de no Residentes que sean titulares de bienes o derechos que no se cor

EL 4 DE ABRIL ENTRA EN VIGOR LA DIRECTIVA 2012/6/UE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO RELATIVA A LAS CUENTAS ANUALES DE LAS MICROENTIDADES.

La directiva 2016/6/UE del Parlamento Europeo y del Consejo modifica la Directiva 78/660/CEE del Consejo, relativa a las cuentas anuales de determinadas formas de sociedad, en lo que respecta a las microentidades. Con esta directiva se pretende reducir la carga administrativa de las microentidades de la Unión Europea, diciendo textualmente lo siguiente “Se apunta a la contabilidad como una de las áreas fundamentales en las que se puede reducir la carga administrativa de las empresas en la Unión.” Los Estados miembros podrán establecer las exenciones que se detallan en la directiva a aquellas microempresas que, en la fecha de cierre del balance, no superen los límites de dos de los tres criterios siguientes: a) total del balance: 350 000 €; b) importe neto del volumen de negocios: 700 000 €; c) número medio de empleados durante el ejercicio: 10.