ANALISIS DE LA NORMA DE VALORACIÓN 9ª DEL NPGC DE PYMES PARA LA CONTABILIZACIÓN DE PRÉSTAMOS BANCARIOS Y CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO
El 16 de noviembre se aprueban los reales decretos 1514/2007 y 1515/2007 , por el que se aprueban el Plan General de Contabilidad y el Plan General de Contabilidad para las Pequeñas y Medianas Empresas y los criterios contables específicos para microempresas, con vigencia desde el 1 de enero de 2008. Uno de los cambios que se introducen tanto en el nuevo plan de PYMES como en el de grandes empresas es relativo a la contabilización de los pasivos financieros. En ambos planes de dice que los pasivos financieros incluidos en esta categoría se valorarán por su coste amortizado (nominal menos los gastos de formalización) y que los intereses devengados se contabilizarán en la cuenta de pérdidas y ganancias, aplicando el método del tipo de interés efectivo . La aplicación de este método supone tener que recalcular la tabla de amortización de los préstamos o contratos de arrendamiento financiero aplicando el tipo de interés efectivo, algo que complica significativamente la contabilización