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Protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos: el paro de los autónomos se pone en marcha.

El Consejo de Ministros ha aprobado con fecha 28 de octubre de 2011 un Real Decreto que desarrolla la Ley 32/2010 de 5 de agosto de 2010 , por el que se establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos o paro de los autonomos, naciendo un nuevo derecho cuyo reconocimiento quedó establecido en el Estatuto del Trabajador Autónomo . Con la aprobación de esta norma a partir del próximo mes de noviembre podrían comenzar a solicitarse las primeras peticiones de reconocimiento de esta protección, al cumplirse el periodo mínimo de cotización (doce meses), para tener reconocimiento a la misma. Con este sistema contributivo el trabajador autónomo cotiza el 2,2 por 100 de su base de cotización y además el trabajador autónomo que cotice por esta contingencia tendrá la ventaja de ver reducida su cotización por la cobertura de incapacidad temporal en 0,5 puntos porcentuales. La cuantía de la prestación será del 70 por 100 del promedio de bases de...

LOS PROBLEMAS DEL CENSO DE POBLACIÓN Y VIVIENDAS DEL 2011, UN CALVARIO PARA LOS OBLIGADOS A REALIZARLA

Si ha sido uno de los 3.000.000 de agraciados con la obligación de cumplimentar el censo de población y viviendas del 2011, sepa que aunque este desesperado con la lentitud del programa, que aunque se produzcan cortes inesperados y tenga que cumplimentar otra vez los datos, tiene la obligación de realizarla so pena de sufrir sanciones pecuniarias. Y es que como he comentado en el post anterior ¿TE PUEDEN SANCIONAR POR NO CUMPLIMENTAR UNA ESTADISTICA DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA? la realización del las encuestas del Instituto Nacional de Estadística es obligatoria, al estar incluida tal y como dicen en las cartas que remiten a los encuestados en el Plan Estadístico Nacional que según la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social es obligatoria. Por lo tanto si tiene la desgracia de sufrir estos problemas puede ir a contar los cuartos de baño del domicilio, medirlo, ir y volver de llevar al niño al colegio mientras cronometra la d...

¿TE PUEDEN SANCIONAR POR NO CUMPLIMENTAR UNA ESTADISTICA DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA?

Debemos de saber que la realización del las encuestas del Instituto Nacional de Estadística es obligatoria, al estar incluida tal y como dicen en las cartas que remiten a los encuestados en el Plan Estadístico Nacional que según la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social es obligatoria. La disposición adicional segunda de esta Ley trata sobre las estadísticas de cumplimentación obligatoria y dice textualmente: Se modifica la disposición adicional cuarta de la Ley 4/1990, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 1990, que queda redactada como sigue: Uno. La lista de las estadísticas obligatorias enumeradas de la a) a la x) se ampliará con las siguientes: «y) Las estadísticas que formen parte del Plan Estadístico Nacional y específicamente según el artículo 45.2 de la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública, aquellas cuya realización resulte obligatoria para el Estado español por ...

LA TRIBUTACIÓN DE LOS INGRESOS DE LOS SOCIOS Y A SU VEZ TRABAJADORES DE LAS PYMES.

Acabo de leer que algunas comunidades están cambiando el sistema de cálculo de las liquidaciones en IRPF e IVA de los socios trabajadores de las PYMES, los cuales están recibiendo propuestas de liquidación que incrementan sus pagos a hacienda. El cambio consiste en pasar de considerar los ingresos como rendimientos del trabajo a considerarlos como rendimientos de actividades económicas. En mi opinión la inseguridad a la hora de tributar y la imposición de sanciones a estos empresarios y trabajadores es lo último que se necesita para salir de la crisis y generar confianza. Dejo un enlace a la noticia: http://www.expansion.com/2011/10/05/economia/1317845510.html

¿QUÉ ES UN ERP? VENTAJAS E INCONVENIENTES.

ERP son las iniciales de Enterprise resource planning que traducido al español quiere decir planificación de recursos empresariales. Los ERP son soluciones de gestión de empresas que vienen preconfiguradas y que son adaptables a las necesidades de las empresas o sectores específicos. En ocasiones la palabra ERP se asocia a SAP que es uno de los más conocidos, pero hay muchas más opciones en el mercado. Una de las principales claves a la hora de tener éxito con un ERP es la correcta instalación, parametrización y la formación por parte de la empresa instaladora, ya que si esta es correcta las ventajas de instalar un ERP son indudables, pero si esta es deficiente el ERP se puede convertir una pesadilla y en una fuente de problemas que aún por encima nos sale por un ojo de la cara. Las claves son pues elegir el ERP que mejor se adapte a nuestras necesidades y elegir bien quien nos hace la instalación y la adaptación. En los sistemas ERP se integran en una única aplicación comercial, p...

INCREMENTO DE LOS PAGOS A CUENTA DEL IMPUESTO DE SOCIEDADES PARA LAS GRANDES EMPRESAS Y OTRAS MEDIDAS FISCALES RECOGIDAS EN EL REAL DECRETO LEY 9/2011.

Hoy se publican en el BOE, el Real Decreto-ley 9/2011, de 19 de agosto, de medidas para la mejora de la calidad y cohesión del sistema nacional de salud, de contribución a la consolidación fiscal, y de elevación del importe máximo de los avales del Estado para 2011 . El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley que tiene como principales objetivos, por un lado, avanzar en la normalización de la actividad en el sector inmobiliario, y por otro, garantizar la sostenibilidad de las finanzas públicas. Las medidas fiscales aprobadas son: 1. Se incrementan los pagos anticipados a cuenta del impuesto de sociedades para las grandes empresas con una cifra de negocios igual o superior a los 20 millones de euros, que representan menos del 0,5 % de las declarantes por el Impuesto de Sociedades. Frente al 21% (5 / 7 sobre el tipo de gravamen) actual que pagaban en tres pagos a cuenta cada año, se pasa al 24% (8 / 10 del tipo de gravamen) para aquellas cuya facturación este entre los 20 ...

Simplificación de las obligaciones de documentación de las operaciones vinculadas

Una de las principales novedades del Impuesto sobre sociedades es que las empresas cuyo importe neto de la cifra de negocios habida en el período impositivo sea inferior a 8 millones de euros (10 millones de euros para períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2011) y cuando el importe total de las operaciones vinculadas realizadas por ellas en el ejercicio no supere 100.000 euros de valor de mercado quedan excluidas de las obligaciones de documentación de las operaciones vinculadas. Además, para aquellas que sobrepasen dicho límite y tengan que cumplir las obligaciones de documentación, se establecen límites máximos para las sanciones que se les puedan imponer cuando el incumplimiento formal no acarree perjuicio económico para el Tesoro. La sanción nunca podrá superar el 10 % del valor de mercado de la operación ni el 1% de la cifra de negocios de la entidad. La exoneración de la obligación de documentación no se aplica, en ningún caso, a las operaciones con paraísos ...