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LA ALTERACIÓN DEL RESULTADO CONTABLE MEDIANTE EL USO DE PROVISIONES


La alteración del resultado contable y de la imagen fiel de la empresa es una constante que se repite en muchas empresas a la hora de presentar las cuentas anuales. El uso de las provisiones para reducir la base imponible es algo que en ocasiones puede ser causa de inspección por la agencia tributaria si esta estima que encubren una modificación injustificada del resultado para evitar el pago de impuestos.

Pero el caso de Bankia a hecho saltar a la luz el otro extremo, la omisión de la dotación de provisiones para presentar un resultado mayor. Esta alteración se presenta con mayor frecuencia en empresas fuertemente endeudadas con el fin de no presentar perdidas que pudieran alterar su financiación, así como en aquellas cuya titularidad se encuentra diluida y los gestores tienen que presentar unas cuentas a los accionistas que en caso de ser negativas pueden suponer la perdida de incentivos o incluso del puesto directivo que ostentan

Pero, ¿qué son las provisiones?. Las provisiones son obligaciones expresas o tácitas a largo plazo, claramente especificadas en cuanto a su naturaleza, pero que, en la fecha de cierre del ejercicio, son indeterminadas en cuanto a su importe exacto o a la fecha en que se producirán.

El hecho de contabilizar las provisiones se debe a la aplicación del principio de prudencia del P.G.C.E. que dice:

Se deberá ser prudente en las estimaciones y valoraciones a realizar en condiciones de incertidumbre. La prudencia no justifica ninguna información que pueda llevar a una interpretación que no sea adecuada de la realidad reflejada en las cifras de las cuentas anuales. Asimismo, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38 bis del Código de Comercio, únicamente se contabilizarán los beneficios obtenidos hasta la fecha de cierre del ejercicio. Por el contrario, se deberán tener en cuenta todos los riesgos, con origen en el ejercicio o en otro anterior, tan pronto sean conocidos, incluso si sólo se conocieran entre la fecha de cierre de las cuentas anuales y la fecha en que éstas se formulen. En tales casos se dará cumplida información en la memoria, sin perjuicio de su reflejo, cuando se haya generado un pasivo y un gasto, en otros documentos integrantes de las cuentas anuales. Deberán tenerse en cuenta las amortizaciones y correcciones de valor por deterioro de los activos, tanto si el ejercicio se salda con beneficio como con pérdida.


En el plan general de contabilidad se dice:

“La empresa reconocerá como provisiones los pasivos que, cumpliendo la definición y los criterios de registro o reconocimiento contable contenidos en el Marco Conceptual de la Contabilidad, resulten indeterminados respecto a su importe o a la fecha en que se cancelarán. Las provisiones pueden venir determinadas por una disposición legal (como es el caso de los 7.000 millones exigidos a Bankia de provisiones adicionales por dos reales decretos ley del sector financiero), contractual (por ejemplo pago de remuneraciones a directivos recogidas en contratos blindados) o por una obligación implícita o tácita. En este último caso, su nacimiento se sitúa en la expectativa válida creada por la empresa frente a terceros, de asunción de una obligación por parte de aquélla.”

Pero,  ¿se deben y es responsable dotar provisiones que deterioren significativamente la imagen de la empresa frente a terceros, encarezcan su financiación y reduzcan su acceso al crédito?.
Por otra parte, hay que tener en cuenta que una excesiva dotación de provienes pensando que la situación económica empeorara significativamente, puede llevarnos al autocumplimiento de la profecía, llevándonos hasta el punto en que la expectativa incita a las personas a actuar en formas que hacen que la expectativa se vuelva cierta.
¿Se deberían reformular las cuentas anuales de las cajas de ahorros con las provisiones que ahora se están dotando y exigir las devoluciones de incentivos recibidos por la alteración del resultado contable?

Esta regla legal relativa a hechos posteriores al cierre del ejercicio, no tiene como objetivo imponer a los administradores una exigencia de reformulación de las cuentas
anuales ante cualquier circunstancia significativa que se produzca antes de la aprobación por el órgano competente. Por el contrario, sólo situaciones de carácter excepcional y máxima relevancia en relación con la situación patrimonial de la empresa, de riesgos que aunque conocidos con posterioridad existieran en la fecha de cierre de las cuentas anuales, deberían llevar a una reformulación de éstas. Dicha reformulación debería producirse con carácter general hasta el momento en que se ponga en marcha el proceso que lleva a la aprobación de las mismas.


Volviendo al tema de Bankia, con el Plan de Recapitalización de Bankia por importe de 22.000 millones de euros” presentado por Rodrigo Rato, expresidente de Bankia, a los 20 consejero de Caja Madrid, en el que lamentaba que el Gobierno vaya a rescatar a Bankia "a costa de fondos públicos", se hacen las siguiente apreciaciones sobre el cierre del ejercicio 2011:

El ejercicio de 2011 de Bankia afecta a un periodo muy reducido, de sólo unos meses.

Se ha destacado mucho que frente a una previsión inicial de un beneficio de 300 millones de euros, el resultado que se va a someter a aprobación de la Junta General (la primera desde la salida a Bolsa) es de unos 3.000 millones de euros de pérdidas.

Este cambio sólo es consecuencia de unas provisiones adicionales que se efectúan con cargo al ejercicio 2011 (ya se anticipan parte de las provisiones que acabamos de examinar en el plan de recapitalización).

En efecto, se efectúan provisiones adicionales por valor de 4.700 millones de euros y con el siguiente desglose:

Unos 1.800 millones de euros por mayores provisiones de la cartera crediticia, estos es, para cubrir posibles perdidas futuras si no se devuelven determinados préstamos concedidos a promotores, particulares y empresas. Esto es, dentro de los 5.000 millones de euros que hemos visto en las últimas provisiones de los dos últimos apartados del plan de recapitalización, ya se anticipaban 1.800 millones con cargo al ejercicio 2011.

Por otro lado, 2.800 millones de euros adicionales por las posibles pérdidas futuras cuando se vendan inmuebles adjudicados por sociedades inmobiliarias del grupo (esto es, se anticipan prácticamente la totalidad de los 3.000 millones de euros de inmuebles del antepenúltimo apartado del plan de recapitalización).

En resumen, si se pasan de 300 millones de euros de beneficio a 3.000 millones de euros de pérdidas, solo es por las provisiones adicionales examinadas, exigidas por el deterioro del mercado inmobiliario y crediticio producido después del cierre de 31 de diciembre de 2011 (según afirmación del auditor).

Por ello, al igual que sucede en el plan de recapitalización, este cambio en el ejercicio 2011 no es por unas pérdidas reales ya producidas con salida de caja, sino que es una pérdida contable por posibles pérdidas futuras.

Una vez leídas estas apreciaciones sobre el cierre del ejercicio de Bankia, debemos recordar que  la contabilidad, como sistema de información que es, sirve de orientación a los diferentes usuarios de la misma y tiene que reflejar la verdadera situación económica de una entidad. Lo contrario sería engañar a los usuarios (proveedores, bancos, prestamistas, fisco,...) que utilizan la información de las Cuentas Anuales, entre otras, como referencia para la toma de decisiones en relación con la entidad de referencia.

Si una empresa reparte beneficios del ejercicio y los activos no reflejan su valor real y en ejercicios futuros has que venderlos con pérdida, la empresa habrá repartido beneficios ficticios y se habrá descapitalizado.

En mi opinión, el caso de Bankia obliga a revisar el tema de las provisiones, siendo aconsejable una mejor regulación y control sobre la dotación y no dotación de las mismas, ya que dudo mucho que nos vuelvan a prestar otros 100.000 millones para dotar provisiones, mientras que los que los responsables de no haberlas dotado se han forrado con sueldos e incentivos.

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