La alteración del resultado contable y de la
imagen fiel de la empresa es una constante que se repite en muchas empresas a
la hora de presentar las cuentas anuales. El uso de las provisiones para
reducir la base imponible es algo que en ocasiones puede ser causa de
inspección por la agencia tributaria si esta estima que encubren una
modificación injustificada del resultado para evitar el pago de impuestos.
Pero el caso de Bankia a hecho saltar a la
luz el otro extremo, la omisión de la dotación de provisiones para presentar un
resultado mayor. Esta alteración se presenta con mayor frecuencia en empresas fuertemente
endeudadas con el fin de no presentar perdidas que pudieran alterar su financiación,
así como en aquellas cuya titularidad se encuentra diluida y los gestores
tienen que presentar unas cuentas a los accionistas que en caso de ser
negativas pueden suponer la perdida de incentivos o incluso del puesto
directivo que ostentan
Pero, ¿qué son las provisiones?. Las
provisiones son obligaciones expresas o tácitas a largo plazo, claramente
especificadas en cuanto a su naturaleza, pero que, en la fecha de cierre del
ejercicio, son indeterminadas en cuanto a su importe exacto o a la fecha en que
se producirán.
El hecho de contabilizar las
provisiones se debe a la aplicación del principio de prudencia del P.G.C.E. que
dice:
Se deberá ser prudente en las estimaciones y valoraciones a realizar
en condiciones de incertidumbre. La prudencia no justifica ninguna
información que pueda llevar a una interpretación que no sea adecuada de la
realidad reflejada en las cifras de las cuentas anuales. Asimismo, sin
perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38 bis del Código de Comercio,
únicamente se contabilizarán los beneficios obtenidos hasta la fecha de cierre
del ejercicio. Por el contrario, se
deberán tener en cuenta todos los riesgos, con origen en el ejercicio o en otro
anterior, tan pronto sean conocidos, incluso si sólo se conocieran entre la fecha
de cierre de las cuentas anuales y la fecha en que éstas se formulen. En tales
casos se dará cumplida información en la memoria, sin perjuicio de su reflejo,
cuando se haya generado un pasivo y un gasto, en otros documentos integrantes
de las cuentas anuales. Deberán tenerse en cuenta las amortizaciones y
correcciones de valor por deterioro de los activos, tanto si el ejercicio se
salda con beneficio como con pérdida.
En el
plan general de contabilidad se dice:
“La
empresa reconocerá como provisiones los pasivos que, cumpliendo la definición y
los criterios de registro o reconocimiento contable contenidos en el Marco
Conceptual de la
Contabilidad , resulten indeterminados respecto a su importe o
a la fecha en que se cancelarán. Las provisiones pueden venir determinadas por
una disposición legal (como es el caso de
los 7.000 millones exigidos a Bankia de provisiones adicionales por dos reales
decretos ley del sector financiero), contractual (por ejemplo pago de remuneraciones a directivos recogidas en contratos
blindados) o por una obligación implícita o tácita. En este último caso, su
nacimiento se sitúa en la expectativa válida creada por la empresa frente a
terceros, de asunción de una obligación por parte de aquélla.”
Pero, ¿se
deben y es responsable dotar provisiones que deterioren significativamente la
imagen de la empresa frente a terceros, encarezcan su financiación y reduzcan
su acceso al crédito?.
Por
otra parte, hay que tener en cuenta que una excesiva dotación de provienes
pensando que la situación económica empeorara significativamente, puede llevarnos
al autocumplimiento de la profecía, llevándonos hasta el punto en que la
expectativa incita a las personas a actuar en formas que hacen que la
expectativa se vuelva cierta.
¿Se deberían reformular las cuentas anuales
de las cajas de ahorros con las provisiones que ahora se están dotando y exigir
las devoluciones de incentivos recibidos por la alteración del resultado
contable?
Esta regla legal relativa a hechos posteriores al cierre del ejercicio,
no tiene como objetivo imponer a los administradores una exigencia de
reformulación de las cuentas
anuales ante cualquier circunstancia significativa que se produzca
antes de la aprobación por el órgano competente. Por el contrario, sólo situaciones de carácter excepcional
y máxima relevancia en relación con
la situación patrimonial de
la empresa, de riesgos que aunque conocidos con posterioridad existieran en la fecha de cierre de las cuentas anuales, deberían llevar a
una reformulación de éstas.
Dicha reformulación debería producirse con carácter general hasta el momento en
que se ponga en marcha el proceso que lleva a la aprobación de las mismas.
Volviendo al tema de Bankia, con
el Plan de Recapitalización de Bankia por importe de 22.000 millones de euros” presentado
por Rodrigo Rato, expresidente de Bankia, a los 20 consejero de Caja Madrid, en
el que lamentaba que el Gobierno vaya a rescatar a Bankia "a costa de
fondos públicos", se hacen las siguiente apreciaciones sobre el cierre del
ejercicio 2011:
El ejercicio de 2011 de Bankia afecta a un periodo muy reducido, de
sólo unos meses.
Se ha destacado mucho que frente a una previsión inicial de un
beneficio de 300 millones de euros, el resultado que se va a someter a
aprobación de la Junta General
(la primera desde la salida a Bolsa) es de unos 3.000 millones de euros de
pérdidas.
Este cambio sólo es consecuencia de unas provisiones adicionales que se
efectúan con cargo al ejercicio 2011 (ya se anticipan parte de las provisiones
que acabamos de examinar en el plan de recapitalización).
En efecto, se efectúan provisiones adicionales por valor de 4.700
millones de euros y con el siguiente desglose:
Unos 1.800 millones de euros por mayores provisiones de la cartera
crediticia, estos es, para cubrir posibles perdidas futuras si no se devuelven
determinados préstamos concedidos a promotores, particulares y empresas. Esto
es, dentro de los 5.000 millones de euros que hemos visto en las últimas
provisiones de los dos últimos apartados del plan de recapitalización, ya se
anticipaban 1.800 millones con cargo al ejercicio 2011.
Por otro lado, 2.800 millones de euros adicionales por las posibles
pérdidas futuras cuando se vendan inmuebles adjudicados por sociedades
inmobiliarias del grupo (esto es, se anticipan prácticamente la totalidad de
los 3.000 millones de euros de inmuebles del antepenúltimo apartado del plan de
recapitalización).
En resumen, si se pasan de 300 millones de euros de beneficio a 3.000
millones de euros de pérdidas, solo es por las provisiones adicionales
examinadas, exigidas por el deterioro del mercado inmobiliario y crediticio
producido después del cierre de 31 de diciembre de 2011 (según afirmación del
auditor).
Por ello, al igual que sucede en el plan de recapitalización, este cambio
en el ejercicio 2011 no es por unas pérdidas reales ya producidas con salida de
caja, sino que es una pérdida contable por posibles pérdidas futuras.
Una vez leídas estas
apreciaciones sobre el cierre del ejercicio de Bankia, debemos recordar
que la contabilidad, como sistema de
información que es, sirve de orientación a los diferentes usuarios de la misma
y tiene que reflejar la verdadera situación económica de una entidad. Lo
contrario sería engañar a los usuarios (proveedores, bancos, prestamistas,
fisco,...) que utilizan la información de las Cuentas Anuales, entre otras,
como referencia para la toma de decisiones en relación con la entidad de
referencia.
Si una empresa reparte beneficios
del ejercicio y los activos no reflejan su valor real y en ejercicios futuros
has que venderlos con pérdida, la empresa habrá repartido beneficios ficticios
y se habrá descapitalizado.
En mi opinión, el caso de Bankia
obliga a revisar el tema de las provisiones, siendo aconsejable una mejor
regulación y control sobre la dotación y no dotación de las mismas, ya que dudo
mucho que nos vuelvan a prestar otros 100.000 millones para dotar provisiones,
mientras que los que los responsables de no haberlas dotado se han forrado con
sueldos e incentivos.
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