A grandes rasgos el IVA se puede considerar como un impuesto de naturaleza indirecta que recae y graba el consumo, y que recaudan los sujetos pasivos obligados a ingresar la deuda tributaria mediante las oportunas declaraciones-liquidaciones en el lugar, forma y plazos determinados por el Ministro de Economía y Hacienda.
(Artículos 1 y 167 de la Ley 37/1992 y 71 del Reglamento sobre la Naturaleza del Impuesto y su Liquidación).
En tiempos de bonanza económica y crecimiento de las empresas la utilización del IVA como un instrumento generador de liquidez para las empresas ocupaba un segundo plano. Sin embargo, en el actual contexto de crisis económica y problemas de liquidez en muchas empresas, la correcta aplicación de algunas medidas ya existentes que se han visto potenciadas desde la administración, adaptándolas a la actual situación económica, pueden suponer una vía para incrementar la liquidez de las empresas.
Las principales herramientas a disposición de las empresas en este sentido son:
Incremento del limite de aplazamiento del IVA de 6.000 a 18.000 € sin aval.
Rectificación de facturas impagadas.
El correcto uso de estas herramientas puede permitir a las empresas obtener una liquidez adicional a C/P, algo de gran importancia en un momento de contracción del crédito por parte de las entidades financieras.
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