Un contrato de préstamo mercantil es algo que
debería de hacerse siempre que una sociedad presta dinero a otra, aunque sea en
operaciones dentro de un mismo grupo. Este contrato debe de formar parte de la
documentación de las operaciones vinculadas entre las empresas.
En el devenir de las actividades mercantiles
de diferentes empresas pertenecientes a un mismo grupo es relativamente
habitual que en unas empresas se produzcan excedentes de tesorería, mientras
que otras pueden ser deficitarias. En un contexto como el actual de dificultad
de acceso al crédito de las entidades financieras, es relativamente corriente
que las empresas de un mismo grupo se dejen dinero entre ellas, o que incluso
sea el propio administrador el que preste dinero a las sociedades.
Es importante que tengamos en
cuenta que la no contabilización de estas operaciones y la falta de
documentación de estas operaciones vinculadas entre empresas es sancionable,
aunque es una practica relativamente habitual en las empresas.
Además de declarar formalmente
los préstamos vinculados, se deben de realizar las correspondientes
imputaciones de intereses, tanto pagados como cobrados, siendo el tipo legal de
interés del dinero el que va a tomar la agencia tributaria como referencia en
caso de inspección. Es por tanto importante recoger el tipo de interés en el
contrato de préstamo entre socio y sociedad, o entre sociedades.
A efectos fiscales, los intereses
están sujetos a retención de IRPF para personas físicas, o de sociedades para
personas jurídicas, por lo que el pagador de intereses debe de realizar las
pertinentes retenciones a cuenta. Esta obligación hace que tengamos que
presentar el modelo 123 para efectuar los ingresos de retenciones y el 193como declaración anual informativa.
En el contrato de préstamo se
deben establecer como mínimo la cantidad prestada, el tipo de interés que podría
ser el euribor en el momento de firma del contrato, y el vencimiento de dicho
préstamo.
Este contrato también está exento
de liquidar el impuesto de actos jurídicos documentados AJD, pero debe presentarse
en la Delegación
de Economía de nuestra comunidad autónoma para evitar posibles problemas.
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